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La Guardia Civil denuncia a dos pescadores en Fuerteventura por exceso de pesca

Se les intervino 71 kilogramos de pescado obtenido de forma irregular

 

Redacción NoticiasFuerteventura

 

Agentes del Destacamento Marítimo de la Guardia Civil de Fuerteventura han intervenido el pasado día 08 de enero 71 Kilogramos de pescado a una embarcación deportiva en el muelle de El Cotillo, en el municipio de La Oliva, denunciando administrativamente a sus dos tripulantes.

 

Los denunciados presentaban su licencia deportiva de pesca en vigor, si bien no poseían titulo que les habilitase para el manejo de embarcaciones entre el ocaso y el orto, además pudieron comprobar que llevaban un gran exceso en peso de capturas, que legalmente por su tipo de licencia son de 5 Kilogramos por persona.

 

El pesaje se realizó en la cofradía de pescadores en el muelle de El Cotillo, dando un peso total de 71 kilogramos, sin embargo pescado cumplía con la talla mínima reglamentaria y había una gran variedad de especies (cabrillas, bocinegros, burros, morenas, sargos, etc.)

 

Legislación

 

Actualmente la pesca recreativa en aguas interiores del archipiélago Canario viene regulada en la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, dependiendo del exceso en las capturas la infracción puede ser considerada leve (si no se excede el doble de la cantidad permitida) o grave (si se excede el doble de la cantidad permitida). El artículo 70. 4. e de la Ley de Pesca de Canarias cita como falta grave la captura de una cantidad de pesca por persona, en la modalidad de pesca recreativa, superior al doble del límite máximo diario.

 

Por otro lado las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo vienen recogidas en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre; en este caso ninguna de las dos personas a bordo poseía un titulo que les habilite para patronear una embarcación fuera del periodo diurno, y sobrepasar los límites de navegación a que autoriza el título de recreo es una infracción grave según recoge la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante en su artículo 307.2.h.

 

Posibles sanciones

 

Las infracciones graves podrán serán sancionadas con multa de 301 a 60.000 euros, en virtud del Capítulo IV, artículo 76 de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias. Esta infracción lleva además, como sanción accesoria, el decomiso de los productos.

 

En relación a carecer de título habilitante para el manejo de embarcaciones las sanciones pueden llegar hasta los 180.000 euros.

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