PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

A+ A A-

Los quads con ánimo de lucro no podrán ir a más de 30 km/h y serán eléctricos

El boletín oficial de la provincia publica la ordenanza reguladora de los quads en Fuerteventura

 

Redacción NoticiasFuerteventura

 

En el preámbulo del texto de la ordenanza, se hace una declaración de intenciones de lo que la sociedad majorera ha venido demandando en los últimos años en cuanto al trasiego de quads por todas las pistas de Fuerteventura, de esta forma argumenta que “en los últimos años se ha detectado un incremento progresivo de la circulación de quads, buggies, motos trial, enduro o cross y vehículos de naturaleza análoga en los Municipios de la Isla de Fuerteventura, sin contar con la preceptiva autorización para el desarrollo de dicha actividad (…)”

 

Lo que se pretende con la norma es claramente limitar el uso indiscriminado de caravanas de este tipo de vehículos y actividades de circulación de los mismos con ánimo de lucro por pistas protegidas en la red de Espacios Naturales de Canarias

 

Los objetivos específicos son los siguientes:

 

- Ordenación de los recursos naturales insulares y planificación de los espacios naturales protegidos y de las áreas incluidas en la Red Natura 2000, conforme dispone el apartado 2º del artículo 12 LSENPC.

- Regulación de la circulación con ánimo de lucro de quads, buggies, motos trial, enduro o cross y vehículos de naturaleza análoga, en cuanto a títulos administrativos necesarios y requisitos formales, materiales y temporales que han de cumplirse.

- Regulación de la circulación sin ánimo de lucro de quads, buggies, motos trial, enduro o cross y vehículos de naturaleza análoga, en cuanto a títulos administrativos necesarios y requisitos formales, materiales y temporales que han de cumplirse.

 

Rutas aprobadas

 

De esta forma la red oficial de rutas para vehículos de motor en el medio natural de la isla de Fuerteventura está formada por las pistas, vías y senderos que pasamos a detallar:

 

- Ruta 1 “Triquivijate – Los Alares – Salinas del Carmen – Pozo Negro” (Municipio de Antigua).

-Ruta 2 “Playa del Valle” (Municipio de Betancuria).

- Ruta 3 “Betancuria – Castillo Lara” (Municipio de Betancuria).

- Ruta 4 “Ampuyenta - Tefía” (Municipio de Puerto del Rosario).

- Ruta 5 “Corralejo – Dunas de Corralejo – Parque Holandés - Corralejo” (Municipio de La Oliva).

- Ruta 6 “La Pared – Las Hermosas – Costa Calma” (Municipio de Pájara).

- Ruta 7 “Esquinzo – Urbanización Tierra Dorada

– Barranco Los Canarios” (Municipio de Pájara).

- Ruta 8 “Morro Jable – Faro Jandía – Cofete” (Municipio de Pájara).

- Ruta 9 “Ensenada de Gran Valle” (Municipio de Tuineje).

- Ruta 10 “Faro de la Entallada” (Municipio de Tuineje).

- Ruta 11 “Juan Gopar – Tesejerague – Tarajalejo

- Giniginamar” (Municipio de Tuineje).

 

Se establecen las siguientes franjas horarias parael tránsito por la red oficial de vehículos autorizados conforme al sistema de cupo:

 

a) Franja horaria 1: de 08:00 am a 11:29 am.

b) Franja horaria 2: de 11:30 am a 14:59 pm.

c) Franja horaria 3: de 15:00 pm a 17:59 pm.

d) Franja horaria 4: de 18:00 pm a 21:00 pm.

 

Y una nota importante es que para el tránsito con ánimo de lucro, el cupo total diario para cada una de las rutas relacionadas será de un máximo de 10 vehículos en cada una de las franjas horarias establecidas.

 

Deberán ser eléctricos

 

El Bop también publica en la ordenanza un aspecto fundamental para la conservación del territorio. En el Artículo 18 dice claramente que para la circulación con ánimo de lucro para vehículos sometidos al sistema de cupo  deberán ser eléctricos. Además en este artículo afirma que no se pueden organizar caravanas de más de 10 vehículos y que no se puede superar el máximo diario de vehículos para cada franja horaria y ruta. (ya veíamos que son 10 por cada ruta en determinada franja horaria).

 

Sistema de cupo

 

El sistema de cupo para la circulación con ánimo de lucro se gestionará mediante un sistema de sorteo de plazas del cupo, para cada ruta y por un período de dos años, entre los admitidos al procedimiento de selección que se convoque al respecto, para la cual el usuario deberá presentar solicitud en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a la publicación en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Las Palmas de la correspondiente convocatoria.

 

De los que se presenten se asignará a cada uno por procedimiento de sorteo  una ruta diaria, sorteándose los días y a continuación las franjas horarias.

 

Toda la documentación se puede consultar desde el día de hoy en http://www.boplaspalmas.net/nbop2/

 

 

Comentarios (0)