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El Cabildo recurrirá la autorización de las nuevas torretas de alta tensión

El Gobierno de Canarias autorizaba a Red Eléctrica a ejecutar los proyectos de alta tensión de Puerto del Rosario a Gran Tarajal

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
  • foto archivo

     

    El Cabildo de Fuerteventura recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias la resolución del Gobierno de Canarias por la que se autoriza a Red Eléctrica de España a ejecutar los proyectos de las instalaciones eléctricas de alta tensión de la línea de transporte a 132 KV doble circuito SE Puerto del Rosario- SE Gran Tarajal.

     

    El grupo de gobierno lleva hoy a Pleno, para someterla a su consideración, una moción de urgencia que “insta el trámite judicial de incidente de ejecución para evitar que la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias autorice a REE la ejecución de dichos proyectos, sin la previa revisión o modificación del planeamiento territorial y urbanístico afectado, para lo cual las Administraciones locales afectadas disponen del plazo de seis meses”.

     

    Igualmente, mediante dicha moción “se acuerda instar a la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias para retomar la senda del diálogo y la colaboración que se había establecido para encontrar la mejor alternativa a la ejecución de estas instalaciones tal y como están planteadas, las cuales fueron rechazadas de plano tanto por la población de la Isla como por el Cabildo Insular de Fuerteventura y los Ayuntamientos de Puerto del Rosario, Antigua y Tuineje”.

     

    Antecedentes en el conflicto

     

    Hay que recordar que en 2018 el Tribunal Superior de Justicia revocaba el permiso concedido por el Gobierno canario a Red Eléctrica de España en 2015 para construir una línea de alta tensión entre Puerto del Rosario y Gran Tarajal, en Fuerteventura, por no haber iniciado al mismo tiempo la revisión del planeamiento de la isla.

     

     

    La Sala subrayaba en su momento que la ley habilita al Gobierno de Canarias a declarar esa línea eléctrica "de utilidad pública", imponiendo su criterio sobre el del Cabildo de Fuerteventura por razones de "urgencia y excepcional interés", pero a condición de seguir un procedimiento que obliga a iniciar de inmediato la revisión del planeamiento al que contradice la autorización de esa infraestructura, el PIOF.

     

    El TSJC constataba que la comunidad autónoma no cumplía esa condición, sobre la que remarca que no puede considerarse una mera "exigencia formal o accidental", sino determinante, porque "solo mediante tal revisión se dota de contenido a la declaración de interés general".

     

    Ese trámite de revisión del PIOF, añade la Sala, sirve al mismo tiempo para "dar intervención a las corporaciones locales en el procedimiento, de forma que se salvaguarde el principio de autonomía local".

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