El TSJC anula la tasa turística aprobada por el Ayuntamiento de Mogán

El tribunal ha considerado que la tasa es "contraria" a las normas constitucionales y legales
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nula la tasa turística aprobada por el Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria) al admitir el recurso presentado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT).
En una sentencia de su sección primera, difundida este lunes por el gabinete de prensa del TSJC, el tribunal ha considerado que la tasa es "contraria" a las normas constitucionales y legales y que, "ni de lejos, cumple con el principio de equivalencia", que regula que con lo recaudado se paga el gasto del servicio prestado.
"Al menos, nada ha acreditado la entidad demandada (el Ayuntamiento de Mogán) al respecto, siendo seguro que lo recaudado merced a la controvertida tasa no tiene como finalidad solventar el servicio (también ignoto, en sus aspectos cruciales) que constituye el hecho imponible" de la citada tasa turística, según señala la sentencia en sus fundamentos.
En una sentencia de su sección primera, difundida este lunes por el gabinete de prensa del TSJC, el tribunal ha considerado que la tasa es "contraria" a las normas constitucionales y legales y que, "ni de lejos, cumple con el principio de equivalencia", que regula que con lo recaudado se paga el gasto del servicio prestado.
"Al menos, nada ha acreditado la entidad demandada (el Ayuntamiento de Mogán) al respecto, siendo seguro que lo recaudado merced a la controvertida tasa no tiene como finalidad solventar el servicio (también ignoto, en sus aspectos cruciales) que constituye el hecho imponible" de la citada tasa turística, según señala la sentencia en sus fundamentos.
