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Un ciudadano italiano exonerado de estafa continuada de hasta 146.000 euros

El TSJC revoca una condena de prisión por estafa al entender que la víctima "no" guardó las mínimas precauciones en compras de inmuebles que no existían

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
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    El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la sentencia de la Audiencia de Las Palmas que en febrero de 2025 condenó a un ciudadano italiano a cuatro años de prisión por estafa, al aplicar la denominada 'doctrina de la autotutela', por la que se exonera de responsabilidad al acusado cuando la víctima "no guarda las mínimas precauciones para no ser engañado".

     

    La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha notificado la sentencia de 30 de septiembre de 2025 que, estimando el recurso de la defensa, revoca el fallo de instancia que el 6 de febrero de 2025 condenó a cuatro años al acusado y a pena de multa como autor de un delito de estafa, según ha informado el TSJC en un comunicado.

     

    En el fallo de la sentencia se recapitula que el acusado, haciéndose pasar por "agente inmobiliario de gran experiencia en el sector", consiguió engañar entre noviembre de 2020 y febrero de 2022, hasta en cinco ocasiones, a una misma persona, apropiándose de 246.000 euros de su patrimonio con supuestos negocios de compra venta de inmuebles.

     

    Al respecto, expone que el 1 de noviembre de 2020 el ciudadano italiano, "guiado por el ánimo de lucro y careciendo de cualquier tipo de capacidad para enajenar" el inmueble, informó a la víctima de que había la posibilidad de comprar un bungalow en El Cotillo (Fuerteventura), logrando que este le transfiriera 50.000 euros a su cuenta.

     

    Si bien, dos meses más tarde, en enero de 2021, de nuevo le manifestó a la víctima que existía "otra oportunidad para la compra de cuatro pisos", en esta ocasión en Sardina del Sur (Gran Canaria), consiguiendo que le transfiriera 60.000 euros.

     

    Asimismo en marzo de ese mismo año, "de nuevo sin fondo real", el ciudadano italiano le habla a la víctima de una "oportunidad para invertir" en unos pisos en Santa Cruz de Tenerife, logrando en este caso un cheque por importe de 48.000 euros; y en el mes de junio el acusado le dijo al mismo afectado que iba a "comprar una casa y necesitaba algo más de liquidez", por lo que éste le firmó un cheque por importe de 48.000 euros.

     

    Por último, en febrero de 2022, el acusado le informó de que había una "oportunidad" para invertir en unos apartamentos en Costa Calma, logrando 42.000 euros más en dos transferencias, una de 12.000 euros y otra de 30.000.

     

    La sentencia termina indicando que, al tener conocimiento de que el perjudicado había emprendido acciones judiciales contra él, entre noviembre de 2022 y agosto de 2023, le devolvió 100.000 euros. La Sala de apelación expone que "cualquier persona mínimamente normal no hubiera caído en el engaño".

     

    Resalta que "son cinco operaciones" para, agregar, que "de mucho dinero y, encima, a lo largo de un periodo dilatado, de nada menos que un año y medio". En este sentido, resalta que es "demasiado dinero (246.000 euros), demasiadas entregar sucesivas y demasiado tiempo para entender que el querellante estaba engañando".

     

    Concluye que el caso "más bien apunta a intereses de otro tipo que pueden subyacer ante tan altas, sucesivas y dilatadas operaciones, todas iguales, sin signo alguno de realidad", finalizando la resolución que "no hay conducta delictiva, por lo que procede la absolución del acusado".

     

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