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La capital convoca subvenciones de ayudas al alquiler en Puerto del Rosario

La duración máxima de la subvención para atender el pago de los recibos del alquiler será de 6 meses

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
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    El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través de la Concejalía de Vivienda, informa que en el Boletín Oficial de Las Palmas, Número 56, del viernes 9 de mayo de 2025, se anuncia la aprobación de las Bases Reguladoras junto a los anexos I y II de inscripción de  “ LA SEXTA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ALQUILER DE PUERTO DEL ROSARIO” para el año 2025.

     

    El alcalde de Puerto del Rosario, David de Vera, manifestó que “en momentos difíciles como los que estamos viviendo, es fundamental que el Ayuntamiento esté al lado de sus ciudadanos, proporcionando apoyo y soluciones. Estas ayudas al alquiler son un paso importante para aliviar la carga financiera de muchas familias en nuestro municipio”.

     

    La concejala de Vivienda, Toñi Fdez. Aragón, por su parte, añadió que “entendemos las dificultades que enfrentan muchas personas para mantenerse al día con los pagos de alquiler, y queremos ser un respaldo en estos momentos. Estas ayudas están diseñadas para brindar un alivio significativo a aquellos que más lo necesitan en nuestro municipio.”

     


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    La cantidad total subvencionada del presupuesto del ejercicio 2025, con una cantidad inicial de 176.000 euros, ampliable, en su caso, de conformidad a las disponibilidades y habilitaciones presupuestarias pertinentes.

     

    La cuantía máxima mensual de la subvención para el pago  de recibos de alquiler no excederá del 75% de la renta mensual actual acreditada en dichos recibos, ni de un máximo absoluto de 125 euros mensuales. La duración máxima de la subvención para atender el pago de los recibos del alquiler será de 6 meses.

     

    El pago de la Ayuda Económica en materia de vivienda se efectuará, una vez dictada Resolución y conforme a lo que en ésta se determine, de forma directa conforma a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 38/2003 (L.G.S) (pago único por el período subvencionado de 6 meses).

      

    Las solicitudes de la Ayuda Económica al Alquiler se cumplimentaran en el modelo oficial de registro general de este Ayuntamiento y deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles, desde la publicación de la misma.

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