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El cambio de criterio de la Junta Electoral Central podría judicializar la elección de Sergio Lloret

Sectores jurídicos de las islas plantean que se produce “un cambio radical en la proclamación o elección de presidentes de Cabildos”

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
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    En ciertos sectores de juristas del archipiélago andan perplejos por lo que se considera un “radical cambio de criterio” de la Junta Electoral Central (JEC) para la elección de un presidente de Cabildo, en relación a la forma elegida para el Cabildo de Fuerteventura tras la renuncia de Blas Acosta.

     

    Una vez recibida la renuncia de Acosta por parte del Secretario y tras una consulta previa con la Junta Electoral Central, el informe afirmaba que debía elegirse entre los cabezas de lista de los partidos representados en el pleno en el plazo de los próximos 10 días desde la celebración del mismo.

     

    Fuentes jurídicas consultadas se retrotraen a una situación similar, casi calcada que se producía en Lanzarote con la renuncia de Francisco Cabrera a la presidencia del Cabildo hace unos años.

     

    En el año 2005, tras la renuncia voluntaria a la presidencia del Cabildo de Lanzarote de Francisco Cabrera (fue presidente tras prosperar una moción de censura contra María José Docal), se planteó la cuestión de como se cubriría el cargo de Presidente.

     

    Después de haberse pronunciado la Junta Electoral Central en el sentido de que la presidencia correspondía a la primera consejera de la lista más votada, desechando una votación o elección entre los consejeros, resultó proclamada presidenta Inés Rojas, en aquel momento primera de la lista más votada (PIL).

     

    Este acuerdo de proclamación fue impugnado ante los Tribunales en vía contenciosa-administrativa, finalizando con una sentencia que consideró ajustado a derecho el acuerdo de proclamación de Inés Rojas.

     

    Sorpresa en Fuerteventura

     

    En este sentido ha sorprendido enormemente en círculos jurídicos, el informe que ha emitido la JEC con un criterio radicalmente opuesto al anterior y a la sentencia antes comentada, manteniendo ahora que ante la renuncia del Presidente del Cabildo de Fuerteventura, ha de cubrirse tal cargo por elección de los consejeros, pudiendo ser candidatos los cabezas de lista.

     

    El secretario del Cabildo de Fuerteventura se adhería al informe de la JEC, como no puede ser de otra manera, que ha dicho que se debe elegir por votación al nuevo presidente. En cambio, en sectores jurídicos de las Islas consideran una evidente contradicción esa decisión si se compara con la adoptada en 2005 en Lanzarote.

     

    La elección del nuevo presidente de Fuerteventura podría ser impugnada

      

    “De hacerse así, no cabe duda que el acuerdo puede ser impugnado con posibilidades reales de que prospere y que la presidencia recaiga por proclamación en la cabeza de lista del partido mas votado”, afirman dichas fuentes, “ya que la JEC ahora dice que se elige por votación cuando hace unos años señaló lo contrario en el mismo caso en Lanzarote”.

     

    En un lío así se convertirá la elección del nuevo presidente del Cabildo majorero tras renunciar a seguir siendo presidente el socialista Blas Acosta , amenazado en desalojar el sillón presidencial por una moción de censura que se urgía en su contra por Coalición Canaria, Partido Popular y dos ex miembros independientes de la lista de Nueva Canarias.

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